La escena, la verdad, no inspira demasiada confianza ni empatía con el protagonista: una persona fotografía desde su coche el patio del colegio San Francisco de Asís de Valladolid donde juegan menores. Alertados por la situación, profesores del centro avisan a la policía que al revisar las imágenes del fotógrafo descubren que no se trata de planos generales o fotos del edificio, sino de un grupo de niñas.
Según relata Diario de Valladolid, tras comprobar que el autor de las imágenes no disponía de permiso de los padres ni, por supuesto, cumplía ninguno de los requisitos para que las imágenes cumplieran con la ley de protección de datos iniciaron un proceso sancionador que contempla multas de entre 40.000 y 300.000 euros para el acusado.
Aunque dadas las circunstancias seguro que más de uno considera que se trata de un castigo lógico y merecido, en realidad es la primera vez que ocurre algo así en el país, puesto que se trata de fotografías que no han llegado a ser publicadas.
Y, según explican juristas expertos en la materia, que los protagonistas sean menores no supone ningún tipo agravante, puesto que no está tipificado como delito salvo que se trate de desnudos o imágenes de contenido sexual.
Es decir -y aquí viene la parte más preocupante para los fotógrafos- un expediente sancionador similar podría ser perfectamente aplicable a cualquier otra situación de fotografía de calle en la que una o varias personas sean el objeto principal de la foto sin que previamente se les haya pedido permiso e informado sobre sus derechos de protección y rectificación de datos.
Y, como queda claro en este caso, ni siquiera hace falta que las fotos sean difundidas de forma pública en cualquier medio, porque el simple hecho de realizarlas ya supone una falta que podría acarrear las citadas sanciones.
Si el simple hecho de hacer una foto de alguien se considera -y está claro que hay margen legal para ello- «tratamiento de datos personales» la denominada street photography puede encontrarse con serios problemas a partir de ahora.
De momento y a la espera de ver cómo se resuelve el expediente sancionador iniciado por la Agencia de Protección el caso ya ha suscitado un notable revuelo internacional. De hecho en Reddit hace días que se comenta el caso con preocupación y algunos incluso ya hablan de «prohibición» de la fotografía callejera en Europa.
Ni caso, sencillamente, NI CASO. Es de sobra conocido que la idiotez es siempre más rápida que la honestidad con lo cual, el juez de turno sabrá que la ley ampara al fotógrafo por que ha cumplido la ley.
Por lo que leo, el fotógrafo hizo las fotos (desde fuera del recinto, si es desde dentro todavía peor), a algo o alguien que estaba dentro de un recinto privado, no en la calle.
Creo que esa es la diferencia importante, con la foto grafía de calle, pues la calle no es privada.
En el artículo no menciona nada de si es un espacio públio o privado sino simplemente la existencia o no de consentimiento e información acerca de la eliminación y rectificación de los datos de caracter personal (en este caso la fotografía).
Tampoco dice nada al respecto un artículo de un periódico local de Valladolid:
http://www.diariodevalladolid.es/noticias/valladolid/vallisoletano-primer-sancionado-espana-tomar-imagenes-sin-permiso_132777.html
Solo al hecho de la falta de consentimiento.
Pues efectivamente, lo «enfocan» desde el punto de vista de la protección de datos.
Bufff, si esto prospera entonces nadie podrá fotografiar a nadie. Pues aunque hoy no esperes que tu amigo, novia,,, te denuncie, dentro de un año cuando ya no te lleves con ellos te pueden denunciar y caerte un paquete.
¿?¿?¿
Y esas personas que salen al fondo de algo, en alguna foto que hacemos, incluso desenfocadas,,,, a esas tambien hay que pedirlas permiso y hacer que firmen,,,
–loco mundo–
Si estan desenfocados y no se reconocen no.
Bueno, yo también hago fotografía callejera, pero desde mi punto de vista, no sé lo que esperaba este fotógrafo, desde luego no se preocupó por la lógica susceptibilidad de los profesores del colegio y tuvo suerte que no lo pillaran las madres o padres.
Yo no lo defenderé, pues su falta de sensibilidad fue enorme. Si quieres hacer esas fotos, pide permiso, que te lo den, di para que las va a usar, etc, y el problema ya no será problema.
Lo de la protección de datos, no veo por donde cogerlo, pero nos podemos encontrar sorpresas. Lo mismo cuando nos compremos una cámara tenemos que darla de alta en la Agencia de Protección de Datos y decir a qué se va a destinar.
Si solicitas permiso ya no es fotografía de calle, será posado o quieras llamarlo, pero la magia del momento se esfuma. Pero estoy contigo en que no tuvo que hacerlo de ese modo, a escondidas dentro del coche, porque son ganas de levantar sospechas. De todas formas yo tampoco fotografía a nadie que esté en un sitio privado, que seguramente por ahí venga también buena parte del problema.
No Fran. Tu pides permiso a la dirección del colegio y padres. Si te lo dan, los niños no tienen ni idea. Esa magia no desaparece y más si el fotógrafo no avisa de su presencia. Digamos que los chiquillos siguen actuando como si nada.
Hablaba en general, no de este caso en particular.
Algún jurista opina sobre el caso aquí.
https://www.samuelparra.com/2018/10/22/abren-procedimiento-sancionador-por-realizar-una-foto-a-unas-chicas-en-el-patio-del-colegio/
Me da que va a quedar en nada, como sería lo más lógico.
No, no hay ninguna relación entre lo que hacía este señor y la fotografía de calle. Escondido en un coche, un colegio con niñas, dio una identidad falsa… Yo no veo ninguna relación, ni un precedente, el cómo termine no es importante, lo importante es saber que si te pillan escondido haciendo fotos a un patio con niños puedes tener problemas y además es lógico no?
¿Y las cámaras de vigilancia de la policía y particulares Apá?
Pues tienen su propios reglamentos y requisitos que se han de cumplir si no quieres que te caiga una multa bastante sabrosa: https://www.aepd.es/areas/videovigilancia/index.html
Es que en España de hecho está prohibida la fotografía de calle en la que aparezcan personas reconocibles, y no por la legislación de protección de datos, si no por la Ley Orgánica 1/1982, de derecho al honor y a la propia imagen: http://www.sindicatperiodistes.cat/es/content/derechos-de-imagen
No veas lo que se decomisan cámaras y se llevan al juzgado a fotógrafos por hacer fotografías en la calle, esta perseguida por doquier. Hoy abres cualquier red social y ves fotos en la calle con gente por doquier… y no por los que hacen fotografía callejera no, lo hace desde la vecina del quinto que no sabe encuadrar y saca a media plaza, hasta el turista que va dejando etiquetada todos sus periplos por el mundo disparando a toca teja a todo lo que se menea. Si si.. totalmente prohibida.
Jjajajaajaajaajajaja
Que hasta el momento no se haga cumplir esta norma no quiere decir que no exista. Cuando alguien presente una demanda por infracción a esta ley lo que nos vamos a reir.
Creo que la lógica (todo el mundo lleva hoy una cámara encima) dictará que dicha ley se derogue o en su defecto no se aplique jamás, salvo contados casos, como puede ser este.
No se le pueden poner puertas al campo.
Desde luego, no me pierdo la cara del juez cuando alguien le diga: Si, oiga, este señor me hizo una foto en la que se me ve y la comparte en su red social, la ven 15 personas al año y quiero que me pague un buen pellizco o que le pongan un multa ejemplar. El juez creo que va a ser muy muy duro y más cuando se acuerde las fotos que tiene el en su Facebook tomadas en el bar con gente al rededor :D.
Ni siquiera tiene que compartirla, el artículo 7.5 de la 1/1982 indica que es una intromisión ilegítima la «captación, reproducción o publicación por fotografía, filme, o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos». Y no sé si el señor juez será muy muy duro (en los casos que han implicado a la prensa tradicionalmente lo han sido, creo que aún no se ha dado ninguno contra particulares), pero teniendo en cuenta que es una ley que desarrolla la protección de uno de los derechos fundamentales recogidos en la Constitución (el derecho a la propia imagen), podría ser un procedimiento de lo más interesante.
Tiene gracia: los mejores fotógrafos de calle españoles vivieron durante el franquismo, y al parecer nadie les molestó.
¿Se convertirá ahora poco menos que en delincuente a todo fotógrafo amante del arte de ilustrar la vida cotidiana?
Y anda que no hay gente que practica Street Photography con su móvil. Y del móvil a Instagram.
Según el Art. 2.2. de la LOPD… No será de aplicación: a) «A los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas”.
Esto, en USA, no pasa. Allí el fotógrafo es libre.
https://www.edlatam.com/nyip/es-ilegal-tomar-fotos-en-la-calle/
Me refería a la fotografía de calle en general, no a este episodio en particular.
Pregunta: Existen antecedentes de la Causa? se puede ver el procedimiento online? (me explico, soy abogado en Chile y generalmente cuando se trata de procedimientos etc y se comentan por personas no abogados se tergiversan a tal modo los hechos que se desdibuja completamente la infotrmación) Creo es importante saber algun dato de la causa seguida en contra el fotógrafo éste para asegurarnos de que efectivamente se trata de lo que habña el artículo y no otra cosa (que es lo que creo que ha pasado en este caso)
Me disculpo por la puntuación y errores: escribí demasiado rápido.
Yo llevo 16 años y medio haciendo Street Photo, cuando me han indicado que no haga la foto no la he hecho o la he borrado. Los niños son material sensible, o acompañados por adultos o si son propios o sobris sin problema. En caso de ser documental el tipo de fotografía no suele haber problemas, otra cosa es que yo por gastarme 5.000 euros en una camara pequeña sin espejo me crea que la calle es mía.
La Street Photo requiere respeto, no cámaras mas pequeñas, yo disparo con una 70D y un 70-300 mm IS USM, con respeto sin problemas, yo no me escondo tras una compacta.
La única limitación es el derecho al honor y ese es el que se pone en marcha cuando la foto perjudica mi imagen (por ejemplo si voy borracho).
Otro problema es que antes eramos uno o dos fotógrafos en Gran Vía y hoy hay 50 disparando como si estuviesen en el Zoo.
Después de 16 años hace fotografía callejera con un 70-300?,tu te escondes detrás de un teleobjetivo
Un pequeño matiz: la «limitación» no viene del derecho al honor, aunque sí puede venir del derecho al honor, sino del derecho a la imagen, porque la ley reconoce a las personas (no a las cosas) el derecho a reservarse su propia imagen gráfica, incluso aunque estén en un lugar público.
Entonces, ¿alguien que utiliza una Ricoh GR (que es una cámara muy pequeña) es un maleducado, según tú? Venga, hombre, no me fastidies…
… una persona fotografía desde su coche el patio del colegio San Francisco de Asís de Valladolid donde juegan menores. Alertados por la situación, profesores del centro avisan a la policía que al revisar las imágenes del fotógrafo descubren que no se trata de planos generales o fotos del edificio, sino de un grupo de niñas…
Simplemente leyendo esto, la cosa ya es preocupante y bajo mi punto de vista, nada tiene que ver con street photo.
Eso si… si alguien se reconoce en una imagen y no quiere aparecer, hay que respetar su decision y no llegar a los tribunales.
Cierto, nada que ver con la Street, y si con un caso presuntamente mucho más grave que el que deja traslucir este artículo. Artículo que tiene un tufo sensacionalista que tira de espaldas.
Yo con 38 años de fotografía a mis espaldas,uso varias normas personales .1ª nunca fotografío a menores sin permiso de los padres,por si las moscas.2ª si es necesario paso de la fotografía de mi vida,si eso supone posibles problemas futuros con otras personas.3ª cuando era profesional,iba siempre con permisos oficiales a los eventos,por lo tanto,nunca tuve problemas con nadie,pero ahora como aficionado me limito a disfrutar de hacer fotografías y eso para mí es ir por la calle con la cámara,respetando a tod@s,primero las personas,después las fotografías si las hay y sino mañana sera otro día.Mi opinión es que este señor ha infringido varias normas,fotografiar un recinto privado sin permiso y ademas con menores dentro,veremos que decide el señor juez.
Desde luego el protagonista de la noticia, no parece tener muchas luces. A quién se le ocurrir fotografiar a menores, y para qué. Eso de que con el justificante de eres “street photographer”, ya tienes licencia para disparar, como el 007 de la fotografía, en los tiempos actuales no te va a librar de meterte en un lío. El derecho a la imagen e intimidad personal, está por encima de tu afición y de tu “mirrorless”. Hay que tener cuidado cuando en las fotos salen personas que puedan ser reconocidas, y si además se publican, puede ocurrir que pongas a las personas en apuros. Hace unos años en San Fermínes, fue portada una foto en la que el toro arrinconaba a cuatro mozos en Estafeta en la entrada un portal, el primero de los arrinconados, en “teoría” estaba en otro sitio, y allí estaba en primer plano, “trincao” a los cuernos y a toda plana, como para negarlo. Personalmente cuando hago este tipo de fotos, procuro que la gente no sea reconocible, porque lo de pedir permiso, rompe toda frescura de la foto.
El derecho a la imagen e intimidad personal es la mayor tontería inventada jamás. Seguro que más de uno saca buena tajada de ello.
Todo lo que tu quieras, pero los tiempos cambian y la leyes también. Antes nadie se planteaba el tema ambiental, y ahora ni se te ocurra tirarte un cuesco en la calle, que saltan alarmas. 🙂
En muchos países puedes fotografíar con toda tranquilidad, y publicar esas fotos sin necesidad de permiso alguno. Evidentemente no gozamos de las libertades propias de democracias más avanzadas, como las anglosajonas.
Una de la bases de la democracia, es que tu libertad termina donde empieza la de tu vecino. Puedes hacerte todas las fotos que quieras a ti mismo, pero a tu vecino si no te da permiso, no. Todos los retratos que publico, tienen consentimiento de todas las personas retratadas, se las envío y me aprueban o no, su publicación. En las callejeras como he dicho, procuro que no sea posible su identificación a simple vista. De todas la maneras todo no va a ser malo, con estas restricciones, posiblemente nos libramos de que mucho “artista” callejero, nos invada con morralla fotográfica.
Acabaremos por exigir que quien se nos cruce por la calle no se le ocurra mirarnos, que nos ofende y, además, nuestra imagen puede quedar grabada en su memoria, que luego podrá descarga en un Pen. Puestos a decir tonterías…
Desde luego no tienes término medio. Que no te gustan las leyes que hay, perfecto, no eres el único, y no lo digo por esta en concreto, haz por cambiarlas, pero mientras tanto, ajo y agua.
Cuéntale eso de la libertad a ingleses o americanos. Y ellos sí pueden fotografía libremente en la calle.
Pues ahí tienes dos opciones para hartarte de hacer foto de calle, eso sí, ten cuidado en EEUU porque como pises su jardín al disparar la foto, estás invadiendo una propiedad privada, y allí también disparan y luego preguntan. Lo de “NO TRESPASSING” se lo toman muy en serio.
No te molestes Tolix, pero no sabes la de fotografía callejera que te queda por ver y soportar, ni tu ni yo estaremos en el mundo y se seguirá practicando está fotografía. Lo siento si te molesta que exista y se pueda practicar, pero es lo que hay.
Tólix, si alguna vez muere la fotografía de calle, significará la muerte de la fotografía.
No se de donde sacáis que estoy en contra de la foto callejera. Creo que estamos hablando de las leyes que lo regulan, y que hay que intentar cumplir en la toma de dichas fotos, para evitar problemas como el que nos tiene aquí ocupados. Hago fotos de calle, pero siempre intentando estar dentro de la normas establecidas. Tenemos que olvidar lo pasado, se vivía en otro contexto, y posiblemente que a mucha gente le tomasen una foto, le resultaba a parte de sorprendente, quizás un halago. Si habéis visto algúna filmación de algún reportaje antiguo, se ve a la gente saludando a la cámara. Otra cosa diferente es que piense que una inmensa mayoría de este tipo de fotos, sean más de lo mismo y no tengan ningún punto a destacar. Sigue habiendo mucho entusiasta, que piensa que todo vale.
No estamos en EEUU. Y cuidado con las denuncias, yo también puedo denunciar o si me sale de los cojones darle un par de hostias al que denuncie, para que lo haga por algo, no por una miserable foto. Cuántas tonterías y cuántas ganas tienen algunos de llenarse de mierda por cosas tan nimias como una foto. Cuidado porque la bola de nieve puede crecer y luego la gente no es tan valiente.
Esta claro que España es una dictadura llena de idiotas, yo fotografío todo lo que hay en la calle, menores, mayores, ratas, pájaros, monumentos, policías, etc, todo elq ue sale a la calle y se expone en un espacio publico no tiene nada que decir de que le fotografíen y mas cuandoe s por simple placer de hacer fotos y de conseguir fotos bonitas sin mas pretensiones. tal como no puede ser delito ver y mirar todo lo que esta a la vista, tampoco puede serlo sacar fotos, que pongan tapias en los patios si no quieren fotos.
Hola,
Pues creo que estás equivocado. mirate esta ley:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1982-11196
Art. 7.5 (Tendrán la consideración de intromisiones ilegítimas en el ámbito de protección delimitado por el artículo segundo de esta Ley:) La captación, reproducción o publicación por fotografía, filme, o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos, salvo los casos previstos en el artículo octavo, dos.
Y sólo en los siguientes casos es legítima:
Art. 8.2 En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:
a) Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.
b) La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social.
c) La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria.
Así que aunque no tengas mayores pretensiones no es legal fotografiar porque si a un persona en la calle.
Saludos
Menos legal es hacer facturas en negro, o sobrepasar los límites de velocidad, o no declarar todas y cada una de la ganancias… si por haber, ¡hay tantas obligaciones por ley! JAJAJAAA
En fin, sin comentarios.
¿Sin comentario? ¿Acaso he dicho algo que sea mentira?
Si, cumple TOOOODAS las leyes. No podrás ni salir de casa…
En los últimos momentos del célebre «Quesabesde» comenté una noticia que no recuerdo, haciendo notar que en España estaba prohibido hacer fotos a las personas que no te dieron su consentimiento, y recibí tal suerte de insultos y menosprecios que nunca volví a comentar nada más. Hoy, con ocasión de esta noticia, vuelvo a decir lo mismo: si una persona no te ha dado su consentimiento no la puedes fotografiar, aunque esté en un espacio público y aunque esa foto no se publique, salvo que su presencia forme parte de una noticia de interés general. ¿Que nadie reclama? Cierto. ¿Que el fotografiado puede requerir el auxilio de la autoridad para que se borre le foto? No menos cierto.
Eso, simple y llanamente, no es cierto.
Hola,
Lee la ley que te deje más arriba.
Saludos
El art. 7 de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo protege casi absolutamente el derecho a la propia imagen y la excepción de lugares públicos se refiere exclusivamente a personas que ejerzan cargos públicos. Ahora bien, que no esté permitido fotografiar personas no quiere decir que fotografiar personas sea delito. Puede ser delito si atenta contra su intimidad, y no serlo en los demás casos. Y que se fotografíen personas no quiere decir que los fotografiados no lo consientan. Cuando me fotografían a mi generalmente sonrío, lo que es muestra de consentimiento, y cuando fotografío yo, si observo gesto de desagrado desisto de disparar porque entiendo que no consienten. Si el fotografiado no se ha dado cuenta de que le han hecho una foto pueden pasar dos cosas: que se dé cuenta a posteriori y me lo reproche, en cuyo caso borro la foto sin más trámite, o que no se entere, en cuyo caso cometo un ilícito civil. En todo caso, si tengo intención de publicar la foto recabo su firma por escrito, porque de lo contrario me arriesgo a una reclamación dineraria en concepto de indemnización.
¿Conoces de algún caso en el que el fotógrafo haya tenido que pagar una suma por, por ejemplo, subir fotos de calle a Instagram?
¿Conoces de algún caso en el que el fotógrafo haya tenido que pagar una suma por subir, por ejemplo, fotos de calle a Instagram? Es que es la primera vez que escucho algo así…
Hola,
Yo al menos, también lo sé y si te sirve de consejo jamás te hubiese «vilipendiado» por decir eso.
Saludos
Gracias por tu comentario.
Me pregunto dónde queda el derecho del fotógrafo al arte de ilustrar la vida cotidiana. Hoy en día, ¿no serían más que delincuentes grandes nombres como Cartier-Bresson? Qué pena, ¿no?
Llama mucho la atención que en un mundo, donde todos exponemos nuestra imagen en las redes sociales, donde nuestros datos están al alcance de las grandes bigtech y por tanto de los gobiernos, donde la vida diaria se graba en cámaras de seguridad y todos nuestros movimientos son fácilmente traceables. En este mundo, donde todo el mundo tiene una cámara en su móvil, en todo momento; donde los coches ya graban con cámara para que quede constancia de posibles accidentes. Pues resulta que, en plena calle, a la vista de todos y en un lugar público es necesario consentimiento. Todo esto es absurdo y fuera de toda lógica, puesto que la ley no nació para preservar la imagen de estas jóvenes (que eso es otra discusión), esta ley pretende proteger la privacidad de nuestros datos de carácter privado, dirección, teléfono, ubicación, email, cuenta corriente, tarjeta de crédito, etc, etc, Pues en vez de velar por esa privacidad necesaria para todos y que conculcan sistemáticamente todo el sistema que nos rodea (gobierno, corporaciones, etc) apuntan a alguien que fotografía lo que es público y a la vista de todos?? Seguramente esa misma imagen se estaba grabando por el propio colegio con cámaras de seguridad. Todo esto es un absoluto despropósito que nos lleva al mas puro fascismo, el de siempre, ellos (el gran hermanos) puede saberlo todo y utilizarlo pero nosotros no podemos ser dueños de nuestra propia realidad y tiempo, tendremos que pedirles consentimiento.
+1000
Pienso que tienes razón. Ahora bien, una cosa es la protección de datos personales y otra la protección del derecho a la imagen. Son cosas distintas. La primera regula el almacenamiento o archivo de la foto y la segunda la toma de imágenes.
A mi me parece que esto es un caso especial: fotografiar menores en un recinto privado desde la vía pública y con actitud sospechosa. En principio y si los menores están a la vista desde la vía pública, nadie podría impedirte fotografiarlos. Pero son menores, y según tengo entendido necesitarías el permiso de los dos progenitores para dar difusión a la foto. Si no le das difusión y son para uso personal (?) tampoco tengo claro que sean fotografiables. Otra cosa es que estuvieran en la via pública y no fueran el objeto principal de la fotografía.
Estoy conforme. Pero este debate, en vez de centrarse en este caso particular, ha degenerado en FOTOGRAFÍA DE CALLE SÍ o FOTOGRAFÍA DE CALLE NO.
Unas breves consideraciones sobre este asunto, sin ánimo de sentar cátedra:
1. Para hacer una foto a una persona siempre hay que pedir permiso, y tener constancia del mismo por escrito. De todo el mundo el sabido que cuando se hace fotos a un@ modelo hay que tener una autorización/cesión de derechos, y eso que cobra. Pues de quien anda por la calle lo mismo. Lo que pasa es que nadie lo hace, es la calle. Imaginemos la foto del anciano en un banco, junto a al centenario caño de agua de la plaza del pueblo y bajo un gran árbol cuasi milenario, con el garrote, su sombrero y un cigarrillo con una heroica ceniza que ha resistido ahí desde el principio hasta el final… cualquiera le pide una autorización, y el nombre y apellidos, y el DNI, y que firme… se dispara y punto. Pero si decie “joven, borre ese foto, que no le he dado permiso ni me ha preguntado siquiera”, no lo hacemos, y llama a la Guardia Civil… la calle, lo público, tus derechos, te los comes con patatas y paga la multa.
Otra cosa es que hagas una fotos a la catedral de León y haya 738 personas en la plaza, y salgan en tu foto 506 de ellas, como no has “encañado” a nadie, pues tiene pase.
2. Público y privado, esto hay que tenerlo muy claro. El hecho de ir por la calle y ver algo no lo convierte en público. Si está al otro lado de una ventana, de una puerta, de una valla, de una verja, o simplemente de una raya pintada en el suelo que delimita un espacio para las actividades de un entidad publica, de una asociación de un particular… aunque lo estemos viendo desde la acera de enfrente o desde el bando de un parque, a efectos de “foto” hay un muro que no nos deja verla, impide pulsar el disparador.
Nada de rollos: si en esa foto de la plaza que salen 506 personas hay solo una que sea claramente reconocible, bajo el criterio de muchos también te puede joder.
Por cierto, si realmente fuera una actividad ilegal, no lo sería también las múltiples páginas sobre fotografía callejera que existen (y eso por no hablar de foros)?
Hola,
Es que creo, que hasta que denuncie alguien no va a aflorar esa ilegalidad.
Saludos
Este caso es aparte: no es fotografía de calle, es fotografía en un recinto privado. Tomar fotos en la calle no es ilegal.
Honestamente creo que este caso, que no cabe duda de su especial particularidad dado que se fotografió a menores que, además, se encontraban en un espacio privado, es un caso atípico. Pero ya veremos cómo finaliza, no adelantemos acontecimintos.
En cuanto al tema posterior de debate, Street Photo sí o no, el asunto está muy claro (y si me equivoco, que alguien me corrija), al menos desde el punto de vista de uso estrictamente particular: Se puede fotografíar por la calle sin ningún problema, lo que supone infracción es, por ejemplo, subir esas fotos a redes sociales. Y en todo caso, tendría que mediar denuncia… y luego, si el afectado perdonase, el caso quedaría sobreseido.
¡Saludos!
Tengo serias dudas de que se trate de un fotógrafo con intereses meramente artísticos, pero como tampoco es plan de acusar sin saber lo dejaré ahí. En todo caso yo creo que aquí no ha habido jaque a nada, tampoco exageremos.
no, no es jaque a la fotografía callejera, pues como bien indican tres compañeros, la ley 1/1982 pone de manifiesto el derecho a la propia imagen, y establece las excepciones, una de ellas, cuando las personas són meramente accesorias de la imagen, es decir no son el sujeto principal ni donde sucede el foco de la acción, por lo tanto, hay que pensar que cuando alguien fotografía un mendigo, un tullido, en la calle por el impacto que genera la imagen está haciendo dos cosas, una ilegal, que es fotografiarle sin un consentimiento (que debe quedar reflejado por escrito) y otra menoscabando su disgnidad.
Estamos en España. Un paus bananero de políticos y jueces ignorantes y que trabajan al mejor postor. En unos mese les dará un tirón de orejas la UE. Pero eso no lo sacaran en los medios.
Esto no es fotografía callejera, esto es sospechoso y habrá que probar porqué estaba haciendo fotos a menores.
Yo también me preocuparía si veo a alguien haciendo fotos de menores desde un coche al lado de un colegio, con lo que haría lo mismo: llamar a la policía y que revisen las fotos del «fotógrafo».
Estoy de acuerdo que hubiera una ley de prohibición de hacer fotos a menores, porque si tuviera un hijo pequeño y alguien que no conozca le hace fotos, mientras esté jugando en un parque o en un colegio, inmediatamente llamo a la policía.
Aunque el artículo no dá más detalle, en una situación así la polícia tendría que revisar el «DISCO DURO», o sea, el ordenador del fotógrafo. Tampoco dice cuanto tiempo llevaba haciendo las fotos a los menores por lo que si han llamado a la policía estoy seguro que ya llevaba más de media hora fotografiando. Tampoco dice cuántas fotos hizo a los menores, que supongo fueron bastante. Tampoco menciona el tipo de cámara, porque si tiene una reflex de tres mil pavos… aunque hoy en día esto último es irrelevante (movil, compacta, reflex…)
Lo que estaba haciendo este fotografo tendría que tener una justificación bastante coherente como para que estuviera practicando fotografía artística, ya saben, composición, luz, escena, parámetros y bla, bla, bla… y creo que no la tenía.
Hay que pedir permiso para hacer fotos de personas en la calle, si, pero es que si pides permiso, la escena cambia y pierde su encanto. Pero hay gente que cuando les hace foto de lejos y se percatan, no les importa, pero hay otras que te montan el pollo y después están los chivatos que se dan cuenta que estás fotografíando al de al lado (apenas 5 metros) y se chivan al sujeto.
Desgraciadamente me gusta mucho la fotografía callejera, pero el problema es exactamente eso, tener que pedir permiso. Solía usar un 300mm y con ello pude hacer algunas fotos de robados sin que los sujetos se dieran cuenta, aunque algunos miran y les da igual.
Saludos
Lo que no acabo de ver es la posible multa: exageradísima es poco. Una infracción de tráfico conlleva una multa muchísimo más leve, y las infracciones viarias tienen consecuencias sociales mucho más perjudiciales.
¿Y que pasa con la TV?
Se supone que no podrán emitir imágenes de personas
O en la prensa. Hoy mismo por ejemplo, ¿habrán solicitado permiso, por escrito además, a estos estudiantes de la facultad de derecho para fotografiarlos y salir en la prensa?
https://elpais.com/sociedad/2018/11/14/actualidad/1542205642_514502.html
La prensa es distinto, tiene derecho a informar… aunque estoy de acuerdo que si uno no quisiera salir en la foto, nadie le puede obligar.