Por David de la Iglesia. Llevaba tres años queriendo un dron. Y mientras tanto, muchas, muchas dudas. ¿Seré capaz de volarlo? ¿Merece la pena teniendo un CTR -zona de exclusión de vuelos- tan grande cerca? ¿Y si lo pierdo? ¿Lo usaré? ¿Podré rentabilizarlo de algún modo? ¿Podré usarlo para hacer fotografía profesional?

Pero se acabó. No más vueltas. El DJI Mini 2 ha sido el único que ha conseguido animarme a dar el paso a disfrutar de un tipo de fotografía que me ha encantado desde siempre, pero que no he podido practicar hasta ahora.

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Foto: David De la Iglesia / DIV Creativo

Y me ha animado porque ha resuelto bastantes de mis problemas anteriores. Os cuento cuál ha sido mi experiencia con este nuevo dron y lo mejor y lo peor del Mini 2 de DJI.

Un dron asequible

Una de los grandes retos para un profesional es siempre ver cómo y en cuánto tiempo puedes amortizar tu equipo. Cuando el plato que tienes en la mesa depende de lo que puedas exprimir tu equipo, te piensas mucho la inversión.

Y hasta ahora invertir en un dron que fotográficamente fuera aprovechable a nivel profesional era meterse en 1200-1400 euros. Si hablamos de inversión en equipo fotográfico, estos importes no serían excesivamente elevados, pero teniendo en cuenta todas las limitaciones y gastos añadidos que tenía un dron, siempre hacía que terminara desechando la idea.

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Foto: David De la Iglesia / DIV Creativo

Sin embargo, el Mini 2 con pack ‘Vuela más’ y Care Refresh supone la mitad de inversión (630€). Llamadme segurolas, pero a mí este precio me quita un peso de encima. La mitad, concretamente.

¿Y por qué no el Mini 1? Deseché la idea del Mavic Mini 1 porque, aun siendo de ese rango de precio, carecía de controles manuales para video y RAW en foto. Además, la calidad de los finales, sobre todo en video, me parecía demasiado orientada a producto de consumo con poco margen para la edición.

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Foto: David De la Iglesia / DIV Creativo

Este Mini 2 es, creo, un salto en el concepto. Se pasa de un producto que da un resultado ya cocinado a un producto más profesional que nos permite dotar a nuestras fotografías y nuestro video de nuestro propio sello.

Lejos de buscar saturaciones excesivas o escenas sobre enfocadas, el resultado que se obtiene del Mini 2 es bastante más natural y, por ende, de un look más profesional.

Acabados profesionales,  sensor pequeño

Hablo de obtener resultados profesionales pero con limitaciones, claro. En fotografía tenemos 12 megapíxeles con un sensor de 1/ 2.3 pulgadas.

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Foto: David De la Iglesia / DIV Creativo

No pretendas imprimir vallas publicitarias porque, obviamente, no nos va a alcanzar. Sin embargo, la mayoría mis trabajos a día de hoy no necesitan de fotografías impresas en un formato mayúsculo así que, conociendo sus limitaciones, podemos realizar trabajos muy buenos.

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Foto: David De la Iglesia / DIV Creativo

Las limitaciones que me han llamado la atención vienen todas derivadas de ese sensor tan pequeño. Ruido incluso en sensibilidades bajas cuando no hay muchísima luz, un RAW que no se puede exprimir tanto como me gustaría o un bajo nivel detalle.

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Un ejemplo de ese exceso de ruido en las imágenes. (Foto: David De la Iglesia / DIV Creativo)

Sí, ruido hasta cuando no debería haberlo. Porque da igual que mantengas tu ISO en el mínimo, si hay poca luz (amanecer o atardecer), el resultado no va a ser muy limpio.

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Original y editada. Aunque no permite hacer milagros, los archivos del Magic Mini 2 sí tienen cierto margen de mejora. (Foto: David De la Iglesia / DIV Creativo)

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El nivel de detalle tampoco es algo en lo que destaquen los drones en general y el Mini 2 no es una excepción. Hay que saberlo, pero tampoco es algo limitante.

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Otro ejemplo de edición. A la derecha la original, a la izquierda y bajo estas líneas el resultado final tras la edición (Foto: David De la Iglesia / DIV Creativo)

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Y claro que podemos tirar fotos en RAW que es algo muy muy positivo. Pero ten en cuenta que esto no es tu Nikon D850. Puedes estirar los parámetros de una forma bastante limitada, aproximadamente, medio paso de luz antes de que empieces a degradar tu imagen.

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Al ampliar una zona de la imagen se aprecia que el nivel de detalle de las imágenes es un poco justo. (Foto: David De la Iglesia / DIV Creativo)

Todos estos problemas son fácilmente subsanables en edición, cierto. Si estuviera hablando  de una cámara hace tiempo que la hubiera desechado, pero todos estos puntos flacos los asumo gustoso porque vuela.

¡Vuela!

Es obvio, pero para quienes se estrenan con un dron eso de poner la cámara donde quieras es una maravilla. Planos cenitales, perspectivas imposibles de realizar por la inaccesibilidad del terreno…

Nuestra pequeña cámara voladora nos va a permitir llegar donde antes nos era imposible llegar por un precio que equivale a un objetivo medio decente de nuestra cámara ¿Qué más le podemos pedir? Todo ello con un cacharro que podemos llevar en el bolsillo del abrigo, por cierto.

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Foto: David De la Iglesia / DIV Creativo

Una de mis preocupaciones era usarlo poco.  Odio tener cosas en casa que no uso. No puedo con ello. Me genera frustración y hace que no tenga ese cariño especial que debes sentir con tu equipo para que el trabajo sea redondo.

El Mini 2 tiene todas las papeletas para acompañarme en un amplio porcentaje de salidas porque, en realidad, ni me ocupa mucho espacio (un aplauso para el diseñador del arnés que se incluye en el pack ‘Vuela más’) ni pesa como para que te limite en absoluto.

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Foto: David De la Iglesia / DIV Creativo

Otra de las ventajas que le veo es que se vuela realmente fácil. No tiene todos los sensores de sus hermanos mayores, pero es muy sencillo de utilizar por lo que te deja concentrarte en lo que realmente interesa: el encuadre.

Siendo sinceros, no le voy a exponer a situaciones de riesgo como pasarlo por un hueco de 20 centímetros, pero, en el caso de que me atreviera tiene algo mejor que los sensores: DJI está tan seguro de que no vas a estrellar el dron, que te proporciona un seguro de un año en el que te dan, en dos ocasiones durante un año, un reemplazo en caso de que les presentes el cadáver de tu dron estrellado.

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Foto: David De la Iglesia / DIV Creativo

La razón secreta de DJI para estar tan seguros de los vuelos de sus drones, es la inclusión ya en esta gama de OcuSync. Ya no montan ese WiFi que llenaba de alertas la App de vuelo y que daba unos sustos monumentales al perderse la conexión.

Este es uno de los grandes argumentos de venta del Mini 2: un sistema de comunicación estable y fiable.

¿Y la legislación? Ese pequeño detalle que muchos olvidan y que al hablar de drones suele ser el principio de muchos problemas.  Con la nueva legislación, al pesar menos de 250 grs, el Mini 2 está exento de la obligación de tener licencia de piloto y de la de tener un seguro, aunque esto es altamente recomendable.

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Foto: David De la Iglesia / DIV Creativo

Solo necesitaremos registrarnos como operadora en la web de AESA de forma gratuita, adherir una placa con nuestros datos al dron y, sobre todo, hacer caso a las limitaciones de vuelo que tenemos y a nuestro sentido común. Ninguna foto merece que pongas en riesgo a nada ni a nadie.

El DJI Mini 2 es un dron pequeño, fiable y con unos resultados gráficos muy aprovechables. Su precio, su versatilidad y el no tener excesiva carga legislativa, lo hacen una opción realmente atractiva para la gran mayoría de público.

Incluso, para aquellos que quieran ir un pasito más allá con sus fotos.


David de la Iglesia. Fotógrafo y videógrafo profesional especializado en fotos para redes sociales de Bilbao. Puedes ver sus trabajos y cursos en DIVCreativo.

48 COMENTARIOS

    • Por si te ayuda Luis,
      La nueva normativa (desarrollada a nivel europeo y que entrará progresivamente a lo lago de los próximos años) ya no distingue entre uso recreativo y uso profesional, así que no tienes esa limitación. Ahora las limitaciones, con lógica, van en función del peso de dron que deriva en categorías A0, A1,…. (a mayor categoría mayores necesidades de cursos y titulaciones).
      Por ejemplo el Mini2 no tiene marcado CE A0 pero por peso se podrá asimilar a esa categoría y en el peor de los casos A1 (podrás hacer los cursos gratuitos de AESA para obtener este «grado» que como se dice en la entrada, aunque no sea estrictamente necesario siempre será recomendable).
      Otra cosa son las zonas de vuelo. Para poder volar en determinadas zonas controladas, tendrás que tener título, solicitar permisos e incluso desarrollar planes de vuelo (según la zona, tu tipo de dron,…).

    • Matizo: siempre que tu dron pueda o sea capaz de grabar/tomar imánes (aunque no las tomes en ese x vuelo). No depende del uso futuro de las imágenes grabadas (uso profesional o no), sino de que el dron pueda grabarlas, o sea, lleve encima/incorpore medios de grabación. Da igual el peso que tenga. Además, cuanto mas peso mas exigentes los requisitos, pero empezando por Registro + Licencia básica de piloto (certificado de curso de formación básico).

      • Lamento decirte que, según la nueva legislación, pilotar el Mavic mini SI exige Registro y certificado de haber pasado el curso de formación (licencia básica de piloto). No es por su peso sino porque porta cámara. Solo podrías volarlo sin licencia de piloto en caso de que le arrancaras la cámara, cosa que un fotógrafo no hará. Al llevar medios de grabación, sus requisitos son exactamente los mismos que cualquier dron A1.

        Siento el disguto, pero el Reglamento es clarísimo al respecto.

        • Perdón, donde puse A0 quería poner C0 (que es la etiqueta de clase) y luego esta etiqueta se rige según categorías…en este caso la subcategoría A1.

          AESA dice:
          (https://www.seguridadaerea.gob.es/es/ambitos/drones/formacion-pilotos-a-distancia-uas-drones/formacion-de-pilotos-uas-drones-en-categoria-rabiertar)

          Operar en categoría ‘abierta’, subcategoría A1, con UAS:

          De construcción privada con MTOM inferior a 250g y velocidad menor a 19m/s; o
          Con una masa máxima al despegue inferior a 250g sin marcado de clase e introducida en el mercado antes del 1 de enero de 2023; o
          Que dispongan de marcado de clase C0; o

          En todos los casos anteriores, la formación necesaria para los pilotos a distancia será, estar familiarizado con el manual de usuario del fabricante.

          Por lo que entiendo que para el Mini 1 y 2 no es obligatorio curso.
          eso no quita que si necesites registro en AESA como operador además de la placa indetificativa en drone y mando.
          La cuestión de la cámara es la que obliga a registrarte y que lo diferencia de un dron de juguete.

  1. Lamento decirte que, según la nueva legislación, pilotar el Mavic mini SI exige Registro y certificado de haber pasado el curso de formación (licencia básica de piloto). No es por su peso sino porque porta cámara. Solo podrías volarlo sin licencia de piloto en caso de que le arrancaras la cámara, cosa que un fotógrafo no hará. Al llevar medios de grabación, sus requisitos son exactamente los mismos que cualquier dron A1.

    Siento el disguto, pero el Reglamento es clarísimo al respecto.

    • Por lo que yo me he informado no hace falta, tema de si lleva camara o no la lleva al no ser que la hayan modificado esta semana no pinta nada.
      Dividen en clase y categoría, mavic mini son menos de 250grs, clase C0, hay que registrarse en aesa(es gratis) y familiarizarse con el manual que te viene con el dron, si operas en categoría abierta no necesitas mas, para categoría específica si que se necesita formación.
      Quizas tenga información mas reciente que la mia, hace una semana la nueva normativa europea decía esto

  2. AESA dice:
    (https://www.seguridadaerea.gob.es/es/ambitos/drones/formacion-pilotos-a-distancia-uas-drones/formacion-de-pilotos-uas-drones-en-categoria-rabiertar)

    Operar en categoría ‘abierta’, subcategoría A1, con UAS:

    De construcción privada con MTOM inferior a 250g y velocidad menor a 19m/s; o
    Con una masa máxima al despegue inferior a 250g sin marcado de clase e introducida en el mercado antes del 1 de enero de 2023; o
    Que dispongan de marcado de clase C0; o

    En todos los casos anteriores, la formación necesaria para los pilotos a distancia será, estar familiarizado con el manual de usuario del fabricante.

    Por lo que entiendo que para el Mini 1 y 2 no es obligatorio curso.
    eso no quita que si necesites registro en AESA como operador además de la placa indetificativa en drone y mando.
    La cuestión de la cámara es la que obliga a registrarte y que lo diferencia de un dron de juguete.

  3. Insisto: lo que indicas sobre la categoría del dron Mavic mini es cierto. PERO ese dron en particular porta medios de grabación. Eso no es que le haga cambiar al dron de categoría, sino los requisitos exigibles al piloto.

    No tengo a mano el Decreto pero lo que afirmo no es de oidas. Puedes hacer la consulta en AESA y te lo confirmarán. No insistiría si no fuera porque las multas por volar drones de manera ilegan no son como las de tráfico, que aún se pueden pagar. Te hacen un roto de verdad.

    Compruébalo, por favor, no te arriesgues por evitarte un curso gratuito que te llevará menos de 1 semana pasarlo.

    • La normativa europea que ha entrado el 1 de enero de 2021 no habla de camaras.
      Divide los requisitos en dos:
      Clase
      Categoría
      La clase es lo que cataloga al dron y lo necesario para poder darle uso(mavic mini C0), requisitos: registrarse como operador y familiarizarse con el manual de usuario.
      La categoría divide el tipo de uso o las operaciones que se van a realizar, como la peligrosidad, en caso de categoría abierta no hace falta licencias ni nada y el material que puedas grabar se puede usar a nivel profesional.
      Esta normativa creo que es mas facil de entender que la anterior

      • Una cosa a tener en cuenta…ni Mini 1 ni Mini 2 tienen marcado C0 sino que corresponden a «Con una masa máxima al despegue inferior a 250g sin marcado de clase e introducida en el mercado antes del 1 de enero de 2023». Es una mera cuestión nominal para el resultado final ahora mismo, pero no está de más saber las características exactas de nuestro dron a la hora de encontrarnos con las autoridades.

    • La verdad es bastante lioso, y tu insistencia en que se tenga cuidado me parece muy de agradecer, pues no es una coña. Por ello, a mi parecer, aunque no sea exigible, cuanto mejor preparados estemos…mejor (yo también me haré el curso). Ello incluso, lo aplicaría a los seguros. Aunque no sean obligatorios en este caso, si no son una burrada de caros, no creo que esté de más plantearse contratar uno.

      • Me gustsría tomar un seguro. Hasta ahora, para mi dron (C1) no he logrado encontrar uno, que no excluya casi todo posible accidente en su letra pequeña ja, ja) por menos de 150/año. O sea, 75€ menos que mi seguro del coche o 25€ mas que el seguro de la casa. Dado el modo de uso y su frecuencia (si comparación con el uso del coche, p. e.) encuentro ese precio alucinante, desproporcionado. ¿Recomendáis alguno?

    • Quizas ahora es buen momento para animarte, con un mini solo necesitas esos dos requisitos y si operas en categoría abierta no tendras problemas para utilizar las imagenes en tus trabajos, siempre y cuando no grabes personas o propiedades que no te dan su consentimiento y te guies por enaire deones donde puedes volar y donde no

    • Torno, con la nueva legislación europea que ya ha empezado en enero de este año (2021) y entrará en vigor al 100% en enero de 2023 (ahora estamos en fase de transición, con algunas cosas aún no implementadas del todo y otras conviviendo con leyes «antiguas») la cosa mejora bastante a la hora de usar los drones como herramienta de trabajo.

      Antes existía la diferencia entre uso recreativo y uso profesional. En uso recreativo podías volar de forma más o menos restrictiva según el tipo (peso más bien) del dron y la zona donde volases (entorno urbano o no, encima de personas, etc). Pero no podías usar ese material de forma profesional, es decir, conseguir ganar dinero con él o monetizarlo de alguna forma.

      Si querías ganarte la vida con el dron, entrabas en categoría profesional (aunque usases el mismo dron y en la misma circunstancia y zona que el del caso recreativo) y tenías que estar titulado como piloto (pagando formación del estilo a una autoescuela para drones con exámen teórico, y práctico presencial), hacer estudios de seguridad, planificar y pedir permisos para el vuelo en concreto (con mucha antelación), y un largo y tedioso etcétera. Todo esto, fuese cual fuese el escenario (peligroso o no) dándose el caso de que en muchas ocasiones era mucho más sencillo realizar las tomas en recreativo que en profesional.

      Actualmente las categorías no especifican si es para uso «recreativo» o «profesional» y solo tienen en cuenta la «peligrosidad» o el riesgo de los distintos escenarios para entrar en una u otra (y en sus subcategorías). Así que tanto en categoría «abierta» como «específica» puedes hacer uso recreativo o profesional del dron (aunque en la específica dados los requisitos de cursos, permisos y demás, dudo mucho que alguien acceda a ella solo para volar por entretenimiento).
      Y lo realmente bueno es que la categoría abierta incluye muchos de los escenarios que puedes necesitar en un uso profesional «habitual» y puedes emplear la mayoría de drones de consumo actuales para realizar el trabajo (bueno, sus equivalentes en peso y características que lleven el futuro marcado de drones), y en esta categoría no necesitas pedir permisos ni hacer estudios de seguridad, solo estar registrado como operador de UAS y tener hecho el exámen necesario para cada subcategoría, online y gratuitos (A1/A3 o el A2 y la «autopráctica»).
      Por supuesto si necesitas usar un dron de 30Kg encima de una carrera de atletismo para grabar un spot publicitario, entrarás en la categoría específica y ahí si necesitarás permisos, estudios, y otra formación. Pero para la mayoría de trabajos con dron que un fotógrafo profesional pueda necesitar, pueden llegar a entrar en categoría abierta, por lo que el dron si que se convierte en una herramienta práctica y usable de verdad.

      Es un tema complejo y lioso (te recomiendo buscar información y ayuda en foros específicos, buscar en youtube, etc. para iniciarte en el tema de normativa y demás (a parte de la información oficial), pero no descartes el dron como herramienta de trabajo, porque tiene mucho potencial y en breve (ya lo es, en parte, actualmente) será «imprescindible» contar con uno en tu arsenal fotográfico/ videográfico para cuando sea necesario o te lo pidan en proyectos concretos.

  4. Como ya habeis llegado a esa conclusión, en el mini (o mejor en futuros drones equivalentes con marcado C0) no es necesario el curso de formación (A1/A3) solo haber leído y comprendido el manual de instrucciones. Por supuesto es más que recomendable hacerlo, ya que es gratuito y online (el temario lo facilita la propia AESA) y nunca está de más saber la normativa básica del vuelo de drones, mas que nada porque no conocer las leyes y normativas no implica que estés exento de culpa en caso de cometer algún delito al incumplirlas.

    Lo que sí que tienes que hacer es registrarte como operador de UAS, ya que cualquier dron, independientemente del peso, que disponga de cámara/micrófono y no que no sea declarado juguete, para pilotarlo tienes que estar registrado como operador de UAS (también gratuito y online) lo que te dará un número de identificación personal (válido para toda Europa) que será el que en un futuro habrá que incluir de forma digital en el dron mediante el remote ID (o como le vayan a llamar) y que ahora de momento hay que incluirlo en plan analógico como una pegatina (aquí en España, junto con las placas ignífugas con tus datos y demás que obligaba el anterior Real Decreto todavía vigente hasta que salga el nuevo).

    Por cierto, eché en falta en el artículo que al menos citase el mapa de ENAIRE donde se indican las zonas (fijas o temporales a través de NOTAM) permitidas o restringidas/prohibidas para el vuelo de drones. Estas últimas son muchas en la actualidad (esperemos que se relaje la cosa con el nuevo RD) y en ellas simplemente no puedes volar, y si lo haces según que infracción cometas las multas no son ninguna broma.

  5. El DJI Mini2 , a fecha de hoy no tiene marcado de clase CE C0 . Es equivalente por caracteristicas , pero al no tener ese marcado pasa a pertenecer a clase » anterior a 1/1/23 » y que por portar cámara obliga con la actual legislación a tener licencia de piloto para categoría abierta , subcategoría A1/A3.
    Esta licencia se saca online en la página de AESA . Después de hacer un curso online y un test de 40 preguntas no muy complicado, del que te piden un 75% de aciertos.
    Antes de eso habrás de darte de alta como usuario de AESA y obtener el numero de registro como operadora de drones.
    Todo esto lo acabo de hacer hace unos días . Y tengo el Mini 2.
    Si en unos meses sacan el mini2 con marcado C0 , no seria necesaria la licencia , pero los que ya lo tenemos , necesitamos la A1/A3 si o si

    • No es correcto del todo, Maxi.
      Es cierto que ni el mini 1 ni el 2 (ni ninguno de los drones actuales ya puestos) tienen en este momento marcado «C», por lo que a no ser que se realice algún tipo de marcado posterior de caracter retroactivo con los drones actuales después del 1 de enero del 2023, pasarán a ser considerados drones «previos a la norma» (sin marcado y comercializados antes de que este fuera obligatorio).

      Pero no todos los que no tengan marcado serán colocados en la misma subcategoría, en el caso de los drones anteriores a la norma de menos de 250g (como los minis) estarán en la misma subcategoría A1 (dentro de la categoría abierta) que los drones nuevos de menos de 250g con marcado C0, o los de menos de 900g con marcado C1. Pero solo con estos últimos (<900g) necesitas realizar el exámen teórico online A1/A3 para pilotarlos.

      En cambio todos los drones de menos de 250g, tanto los de marcado C0 como los anteriores a la norma, solo necesitan que estemos familiarizados con el manual para poder pilotarlos, es decir, en el caso concreto del mavic mini 1 o 2 no cambia nada aunque no tengan marcado C0.

      Por otro lado el hecho de que un dron tenga cámara o micrófono (y que no sea considerado un juguete) te obliga a registrarte como operador de UAS, pero no a sacarte la "licencia de piloto" A1/A3.

      En resumen para pilotar un mini 1 o 2 tienes que registrarte obligatoriamente como operador de UAS y como mínimo leer y comprender el manual del dron. Nada más, al menos de momento, luego ya veremos si al final obligan a tener un seguro para el dron o no (de momento no es obligatorio para estos drones).

      Por supuesto yo aconsejo a todo aquel que vaya a pilotar un dron, aunque sea un mini o similar, que hagan el exámen teórico para conocer un poco mejor la normativa que nunca está de más.

  6. Muchísimas gracias por esta aclaración. Me he leído la normativa 10 veces y hasta ahora no había sabido interpretarla.
    Aunque no es necesario ha estado bien sacar la licencia subcategoria A1/A3 , con ella me resulta más fácil tratar con los agentes de la autoridad que estarán más confusos que yo , supongo …

  7. Me gustó el artículo. Realmente cuenta las cosas como son o como las viví yo probando un Mavic Mini. Fue el 1, pero en lo que respecta a la cámara han variado poco en el 2 respecto del 1, al menos en el proncipalísimo problema que observé en él y el artículo señala muy bien: el (enorme, añado) ruido.

    Esa cámara ha sido diseñada para video, la verdad. Los videos salen muy decentes, estupendos incluso y dan mucho juego.

    Pero si eres como yo, centrado en fotografía, el ruido (que en video queda escamoteado en un poco de perdida de nitidez pero tratable) te desespera. En cuanto las condiciones de luz empiezan a ser ligeramente comolicadas (un contraste con amplias zonas oscuras, un atardecer, un día oscuro nublado) aparece un ruido grueso, a la vez de luminancia y de color, muy difícil de tratar incluso en raw. Ese tratamiento hace que la imagen pierda o nitidez, o dulzura en las transiciones de tonos (se hace brusca).

    Si alguien lo compra para uso preferente de fotografía, le recomiendo que lo pruebe antes. Puede gustarle o no para sus tipos de fotos pero también puede acabar muy muy frustrado con tanto ruido incluso al ISO mínimo. Si se compra para video, creo le dará grandes satisfacciones tan buena portabilidad (se puede llevar todo él (incluyendo mando) por peso y espacio en lugar de un tele de reflex… ja, ja, y se acerca mas al tema.

    Pero ya digo, en fotografía, pruébese. Para las fotos para el que compré un dron, éste no pudo ser una opción a pesar de lo tentador de su precio y tamaño.

  8. Hola Alberto!

    Primeramente gracias por el piropo. Me alegra que te haya gustado el artículo. Por otro lado comentarte que, obviamente, no es un sensor para hacer atardecer con un contraste brutal, pero que, con un poco de mimo, da muy buenos resultados. Fíjate en la foto de la casa iluminada y la nieve.

    Con unas simples técnicas de edición podemos ganarle mucho a este dron para fotografía. Si te animas, doy un curso online el día 30 explicando un poco todo esto. Te lo dejo por aquí por si te animas.

    https://www.divcreativo.com/workshop-online-fotografia-con-el-dji-mini-2-by-divcreativo/

  9. Sí, sí, salwn fotos. Otras veces no. El resultado es «incierto». No te digo nada sí además decides finalmente hacer algún recorte (y te quedas con menos, algo muy común con un dron ya que no hay mucho tiempo ni la pantalla limpia para entretenerte en la composición precisa).

    Pero sí, hay fotos que salen muy razonables. Mas si las puedes tratar en raw, mucho mejor. Pero si un amigo fotógrafo estuviera para comprar un dron ahora (yo espero no estrellarlo en 2 o 3 años, 💦), le recomendaría que lo probara primero con SUS fotografía habituales. Y ya se lo desaconsejaría vivamente si va a disparar en jpg o/y no tiene suficientes conocimientos de edición.

    No obstante, mi mas admirado amigo en creaciones de video tiene desde hace apenas 15 días un Mavic Mini 2. Así que, lo dicho, cada uno tiene sus necesidades y valora esto o aquello del dron que compra y por eso lo compra. Y por eso es estupendo: hay ofertas diferentes para hacernos felices a todos.

  10. Si alguien busca algo dimilar a una FF esta claro que el mini no es su dron, y quizas ningun dron, son lo que son y te dan imagenes espectaculares, a quien sea mas propenso a hacer zoom al limite para ver el último detalle le va a defraudar, quien disfrute de la imagen en si seguro que va a quedar encantadisimo ya que te da unas opciones que no las puedes conseguir con otros equipos

  11. Para completar el artículo, me hubiera gustado que, en lugar de decir las «limitaciones de vuelo», se hubiera extendido más en ese apartado. Se está generando la falsa sensación de seguridad de coger un minidrone y volar cómo, cuándo y con quién se quiera. P.e. en la fotografía de la zona del Santuario de Urkiola (espacio natural) un «tip» hubiera sido indicar que hay que contar con permiso del Órgano Gestor para actividades como el vuelo de drones, protección de las nidificaciones, etc.

  12. Hola! Aquí tienes un artículo que explica los requisitos legales.

    https://www.divcreativo.com/workshop-online-fotografia-con-el-dji-mini-2-by-divcreativo/

    En cuanto a lo que comentas de Urkiola, ahora mismo en el mapa de Enaire está sin marcar como zona ZEPA.. Es algo en lo que estamos preguntando porque no entendemos bien si han cambiado este tipo de zonas o qué ha ocurrido. Especificar que ahora mismo no es época de nidificacion.

    • Sí, así es actualmente en ENAIRE. Por eso comentaba que hay muchos factores alrededor del vuelo de drones. Pero, por otra parte, está recogido en el plan de ordenación la serie de limitaciones para determinadas actividades (uso de drones entre ellas, entre los meses de enero y agosto) y la aprobación previa del Órgano Gestor.
      La nueva normativa (recordar que el nuevo RD aún NO se ha aprobado; ahora en los foros sólo de habla de reglamentos de ejecución y delegado) facilitará el uso de drones y eliminará incongruencias del 1036, pero no olvidemos que la obligatoriedad de registrarse como operador, además de regular el sector, también traerá consigo nuevas responsabilidades que nos requerirán demostrar frente a terceros. P.e. en categoría abierta, no sólo portar la documentación requerida UAS.OPEN.060 sino también justificación de procedimientos, etc., etc.
      Año de estudiar muy en detalle la normativa antes de echar a volar. Como dicen: el viento en calma no hace expertos navegantes…

    • Por lo pronto, lo mínimo para un Categoría 0 (menos de 250g MTOW y menos de 19 m/s):
      1. Registrarse como operador en web AESA. Trámite gratuito.
      2. Seguir instrucciones del fabricante. Justificante de que se ha leído, entendido y familiarizado con el manual de instrucciones. Según indica reglamento delegado.
      3. Ficha de información AESA para C0. Leer y justificar que se ha entendido. Se puede descargar de AESA.
      Portar toda esa documentación con uno mismo siempre. Nos la pueden requerir (p.e. un equipo Pegaso).
      Dependiendo de la zona de vuelo. Tener en cuenta no sólo Enaire (que nos dará casi el 100% de la información), sino también normas adicionales de zonas protegidas y puede ser necesario atender a las indicaciones y al permiso del propietario sobre el área que se sobrevuele.

      Recordad que nos convertimos en operadores (hay que estar siempre al tanto de las modificaciones de normativa (y este año va a haber unas cuantas)) y también en categoría abierta hay que tener disponibles procedimientos en función del tipo de operación y del riesgo asociado -aunque sea limitado por el uso de un dron de muy bajo peso-, según reglamento de ejecución.

      Etc.
      Etc.
      To be continued…

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